Condiciones Generales de Contratación de
Versión 07.02.2002
Por acuerdo recíproco, las condiciones que se
exponen a continuación forman parte del contrato y priman sobre
condiciones divergentes de compra u otras condiciones similares del
cliente. Para cobrar validez legal, cualquier modificación,
suplemento o estipulación especial precisan forma escrita.
A cada cliente le serán entregadas las
condiciones generales previo al inicio de las obras, por medio de
uno de nuestros empleados.
En caso de dudas, éstas deberán comunicarse de
inmediato a nuestra oficina. Reclamaciones posteriores no podrán ser
admitidas.
Condiciones de las prestaciones y reparaciones
I. Disposiciones generales
En tanto las condiciones posteriores no contengan
disposiciones al respecto, en los trabajos en edificios (obras)
serán de aplicación el reglamento general de contratación de obras
(VOB), parte B y las normas DIN 18 299, DIN 18 382 y DIN 18 384 como
»condiciones técnicas de contratación de las obras (ATV)« o la parte
C (VOB/B respectivamente VOB/C).
Nuestras ofertas comprenden documentación como
dibujos, figuras, etc. Las medidas y los datos de peso son
aproximados, a menos que su exactitud se especifique expresamente.
Para esta documentación nos reservamos los derechos de propiedad y
de autor. No podrá ser facilitada a terceros sin nuestro
consentimiento ni utilizada con fines distintos a los acordados. Si
el pedido no se adjudica, la documentación elaborada específicamente
para el cliente será devuelta por éste por su propia cuenta y, en
todo caso, cuando se le solicite.
II. Plazos
Los plazos de entrega y de finalización solamente
son vinculantes si su cumplimiento no es impedido por circunstancias
ajenas a nuestra empresa. También son consideradas como tales
circunstancias los cambios en la documentación y la falta de
documentación necesaria para ejecutar el pedido (permiso de obra,
entre otros).
En cualquier caso de demora (obras), el cliente
sólo puede reclamar conforme a §8 nº. VOB/ B, si para el comienzo y
la terminación se había fijado por escrito una fecha del calendario
y, una vez transcurrido este plazo, el cliente había fijado un
adecuado periodo adicional declarando, que en caso de transcurrir
este periodo sin ser fructuoso, retiraría la solicitud.
III. Gastos derivados de pedidos no ejecutados
Puesto que las horas empleadas en la localización
de fallos son horas de trabajo, los gastos que se producen y que
sean demostrables serán a cargo del cliente, si el encargo no llegó
a ejecutarse porque:
· el defecto reclamado no fue
detectable por reglas de arte
· el cliente no observó el plazo
convenido por su culpa
· el pedido fue cancelado durante la
ejecución
· al utilizar productos de electrónica
recreativa las condiciones de recepción no eran impecables
IV. Gastos derivados del presupuesto
Si se elabora un presupuesto a petición del
cliente, el cliente se hará cargo de los gastos según el tiempo
empleado en su elaboración.
V. Garantía por vicios materiales y
responsabilidad
El proveedor responderá de los vicios materiales
según se especifica a continuación:
1. El proveedor tiene la obligación de retocar,
resuministrar o aportar nuevamente - según su criterio - todas
aquellas piezas o prestaciones, que dentro del término de
prescripción, sin tener en cuenta la vida útil, presenten defectos
materiales, en tanto que su causa ya existía en el momento del
traspaso de riesgos.
2. Las pretensiones por vicios materiales
prescriben a los 12 meses a menos que la Ley prescriba plazos más
largos conforme al §438 párr.1 nº2, (edificios y objetos para
edificios), 479 párr.1 (derecho de regreso) y 634a párr.1 nº2 (vicios
en edificios) del Código Civil alemán, o que se produzca un peligro
para la vida de las personas, la integridad físico para la salud, si
el proveedor incurre en una negligencia temeraria, negligencia con
premeditación y en casos de silencio doloso sobre un vicio. Quedan
intactas las disposiciones legales sobre la suspensión de la
prescripción, la suspensión y el reinicio de los plazos.
3. El comprador deberá informar al proveedor por
escrito, sin dilación alguna, de cualquier defecto detectado.
4. En caso de reclamación por vicios, el
comprador podrá retener los pagos en una proporción adecuada a los
vicios que se hayan producido. El comprador sólo podrá retener los
pagos en caso de reclamar vicios sobre cuya legitimidad no exista
ninguna duda. En caso de reclamación ilícita por vicios, el vendedor
tendrá derecho a exigir del comprador la restitución de los gastos
ocasionados.
5. Ante todo deberá concedérsele al proveedor la
oportunidad de cumplimiento ulterior dentro de un plazo adecuado.
6. Si el cumplimiento ulterior fracasa, sin
prejuicio de posibles pretensiones de indemnización según §6, el
comprador podrá rescindir el contrato o reducir la remuneración.
7. No existe derecho a reclamar por vicios
materiales si sólo se produce una desviación leve de las
características acordadas, si sólo existe un leve menoscabo de la
utilidad, en casos de desgaste natural o defectos producidos después
del traspaso de riesgos y ocasionados por a un tratamiento erróneo o
negligente, sobrecarga, utillajes inadecuados, obras defectuosas,
solares de edificación inapropiados o bien emanados de causas
externas especiales no estipuladas en el contrato, así como fallos
informáticos que no se puedan reproducir. Tampoco se admitirán
reclamaciones por defectos ocasionados por modificaciones o trabajos
de mantenimiento inadecuados, efectuados por el cliente o por
terceros, ni por las consecuencias que de ellos se deriven.
8. Se excluye cualquier reclamación del comprador
sobre los gastos necesarios para el cumplimiento ulterior, en
particular gastos de transporte, desplazamiento, mano de obra y
material, en tanto el aumento de dichos gastos se deba a que, con
posterioridad, el objeto de suministro haya sido trasladado a un
lugar distinto del domicilio del comprador, a menos que el traslado
corresponda a la utilización prevista.
9. El comprador sólo tendrá derechos de regreso
el frente al proveedor según §476 Código Civil alemán (regreso del
empresario), en tanto que no haya llegado con su propio cliente a
acuerdos que excedan los derechos a la reclamación de vicios
legalmente establecidos. La envergadura de los derechos de regreso
del comprador frente al proveedor se rige por el nº8 del §478,
párr.2, Código Civil alemán.
10. Las pretensiones por daños y prejuicios se
rigen además por el §6 (otros derechos a indemnización por daños y
perjuicios). Se excluyen cualesquiera otras pretensiones del
comprador por vicios materiales contra nuestros auxiliares
ejecutivos, que excedan o difieran de las previstas en el §8.
VI. Otros derechos a indemnización por daños y
perjuicios
1. Se excluyen los derechos a indemnización de
daños y perjuicios y mejoras del comprador (en lo sucesivo: derechos
a indemnización por daños y perjuicios), sea cual fuere su causa y
especialmente los emanados de la violación de obligaciones de la
relación obligacional y de actos ilícitos.
2. Lo anterior no es válido en tanto se responda
obligatoriamente, p.ej. en casos de dolo, de negligencia temeraria,
por violaciones que constituyan un riesgo para la vida de personas,
la integridad física o para la salud, debido a la violación de
obligaciones contractuales esenciales y las incluidas en la ley de
responsabilidad de los productos. No obstante, el derecho a
indemnización por daños y perjuicios ocasionados por la violación de
obligaciones contractuales esenciales se limitará a los daños
previsibles y típicamente contractuales, en tanto no exista dolo o
negligencia temeraria, o que se responda por violaciones que
constituyan un riesgo para la vida de personas, la integridad física
o para la salud. No va unida a las reglamentaciones precedentes
ninguna modificación de la obligación de probar en detrimento del
comprador.
3. En tanto existan para el comprador derechos de
indemnización por daños y perjuicios conforme al §6, éstos
prescriben una vez trascurrido el plazo prescriptivo para
indemnización por daños y prejuicios según §5 nº2. Para
indemnización por daños y perjuicios conforme la ley de
responsabilidad de los productos se aplicará el plazo prescriptivo
legal.
VII. Prenda comercial
· Debido a nuestras pretensiones a
causa del pedido, nos corresponden derechos prendarios sobre el
objeto propiedad del comprador, en cuya posesión nos encontramos
a causa del pedido. Los derechos prendarios también pueden
hacerse valer para pretensiones emanadas de anteriores trabajos,
suministros de recambios y otras prestaciones, en tanto que
éstas estén relacionadas con el objeto. Para otras pretensiones
derivadas de la relación comercial, el derecho prendario sólo
será de aplicación, en tanto éstas sean indiscutibles o tengan
carácter firme.
· Si el objeto no es retirado
trascurridas 4 semanas tras el aviso de recogida, estamos
autorizados a aplicar derechos de almacenaje una vez vencido el
plazo. Si la recogida no se efectúa en un plazo máximo de 3
meses a partir del aviso, cesa el deber de conservación, así
como cualquier responsabilidad por deterioros ocasionados por
descuido o pérdida. Un mes antes de vencer este plazo, le será
enviado al comprador un aviso de venta. Tras el vencimiento de
este plazo estamos autorizados a enajenar el objeto al valor de
mercado para cubrir el pago de nuestros créditos. En caso de
producirse un excedente, éste le será reembolsado al comprador.
VIII. Reserva de propiedad
En tanto que los recambios o piezas similares
instaladas en reparaciones no se conviertan en partes integrantes,
nos reservamos el derecho de propiedad sobre estas piezas instaladas
hasta el pago íntegro de todos nuestros créditos y las sometemos a
una reserva prolongada de propiedad. Si el comprador retrasa el pago
o no cumple con sus obligaciones derivadas de la reserva de
propiedad, estamos autorizados a pedirle el objeto al comprador a
fin de desmontar las piezas instaladas en él. El comprador
responderá de la totalidad de los gastos de recuperación y
desmontaje.
Si la reparación se realiza en el domicilio del
comprador, el cliente tiene que darnos la oportunidad de realizar el
desmontaje en el domicilio del comprador. El comprador responderá de
los gastos de mano de obra y de transporte. Si el comprador no
proporciona la oportunidad de un desmontaje, serán de aplicación
cifra 7, apartado 2, frases 1 y 2 respectivamente.
Condiciones de venta
I. Puesta a disposición de herramientas y
dispositivos
Normalmente nuestros profesionales especializados
están equipados con pequeñas herramientas y herramientas especiales.
No facturamos aparte la provisión de dispositivos de gran valor como
interfaces de programación, impresoras terminal, monitores, etc.
II. Horario de trabajo
El horario normal de trabajo empieza a las 07:00h
y termina a las 15:30h. Este horario incluye un descanso de 30
minutos. El horario normal de trabajo es de 40 horas semanales.
Nuestras prestaciones comienzan en el momento en que liberamos el
personal especializado para que pueda efectuar los preparativos de
viaje y terminan con el regreso a nuestra planta. La clasificación y
selección de los profesionales especializados nos corresponde a
nosotros.
III. Certificado de trabajo
El cliente se compromete a certificarles a
nuestros profesionales especializados las jornadas / horas de
trabajo, desplazamiento y espera mediante la firma de los
justificantes. Posibles inexactitudes serán notificadas por escrito
por el comprador. Los datos que figuren en los justificantes de
horas de montaje servirán de base para nuestra facturación y serán
determinantes para ambas partes. Si el comprador se niega a
confirmar las horas empleadas o no les es posible a nuestros
profesionales por otras razones recibir la confirmación, éstos
justificantes servirán de base para la facturación tal como han sido
rellenados por nuestros profesionales especializados.
IV. Reserva de propiedad / reserva de propiedad
ampliada
Nos reservamos la propiedad de la mercancía y los
materiales, en tanto no se haya efectuado el pago de todos los
créditos emanados de la relación comercial con el cliente. La
reserva de propiedad también se mantiene para todas aquellas
pretensiones frente al cliente que tengan conexión con el objeto de
compra, p.ej. reparaciones o suministro de recambios así como otras
prestaciones posteriores. Esto último no es válido, cuando la
reparación haya sido demorada por nosotros de forma inadmisible o
cuando haya fallado. Mientras no se hayan satisfecho nuestros
créditos anteriormente mencionadas, los objetos no podrán ser
revendidos, alquilados, prestados, o regalados, ni tampoco podrán
ser entregados a terceros para su reparación. Asimismo, queda
prohibida la transmisión en garantía y el embargo. Si el cliente es
comerciante (revendedor), le está permitida la reenajenación dentro
de las operaciones comerciales usuales siempre cuando nos transfiera
a partir de ahora mismo los derechos procedentes de la enajenación a
sus compradores o terceros, incluidos todos los derechos accesorios,
hasta satisfacer la totalidad de nuestros créditos derivados de la
relación comercial. En caso de requerirlo, el cliente se obliga a
comunicarnos los nombres y direcciones de sus compradores, cifrando
detalladamente la deuda en cada caso. Tenemos derecho a exigir, que
nuestro cliente notifique a su comprador de la cesión. Durante la
reserva de propiedad, el cliente podrá ejercer el derecho de
propiedad y de uso sobre el objeto de la compra, en tanto cumpla sus
obligaciones emanadas de la reserva de propiedad y no se encuentre
en mora. En caso de que el cliente retrase el pago o no cumpla con
sus obligaciones derivadas de la reserva de propiedad estaremos
autorizados a pedirle al comprador el objeto de la compra con
carácter inmediato y tras emitir un aviso con un plazo adecuado, a
liquidar el objeto de la compra por licitación privada al mejor
precio posible, efectuando la compensación sobre el precio de compra.
El ejercicio de la reserva de propiedad así como el embargo de la
mercancía por nuestra parte no equivale a una rescisión del contrato,
mientras no existan disposiciones legales imperativas que
manifiesten lo contrario. Serán a cargo del comprador todos los
gastos de retirada y liquidación del objeto de la compra. En
cualquier caso de acceso de terceros al objeto de la compra, sobre
todo el embargo o el ejercicio de una prenda de empresa por parte de
un taller, el comprador se obliga a notificarnos inmediatamente por
escrito, así como a notificar al tercero sin dilación alguna de
nuestra reserva de propiedad. Conjuntamente con esta notificación,
el comprador tiene la obligación de facilitarnos el acta de embargo
y una declaración bajo juramento sobe el objeto embargado. Los
costos de intervención serán a cargo del comprador. El comprador
asumirá todos los costos que se deriven de la destitución del acceso
y costes de reposición del objeto de la compra, en tanto no puedan
ser cobrados de terceros. El comprador está obligado a mantener el
objeto de la compra que está bajo reserva de propiedad en perfecto
estado y realizar sin dilación alguna los trabajos de mantenimiento
y reparación previstos o precisos. Si el valor de las seguridades
existentes superase los créditos frente al cliente en más del 25% de
los bienes reservados, estamos obligados a desbloquear garantías
hasta este importe a petición del comprador y a su consideración.
V. Recepción y demora en la recepción
En principio, al finalizar los trabajos el
comprador o su representante procederá a la recepción y le entregará
el certificado de recepción a nuestro encargado. Una vez realizada
la recepción, el riesgo y la responsabilidad del mantenimiento
adecuado de la instalación pasa al comprador. Si por alguna razón
ajena a nosotros la recepción no se efectuara al finalizar los
trabajos de montaje, se considerará que la recepción de la
instalación ha sido efectuada en la fecha de salida de nuestro
personal especializado. Si se requiere nuevamente la presencia de
nuestros profesionales para la entrega, los costos derivados de esta
presencia serán a cargo del comprador. Si el cliente no efectúa la
recepción del objeto en el plazo previsto, estamos autorizados a
establecer una prórroga. Una vez trascurrida la prórroga, tendremos
derecho a utilizar el objeto de otra forma y de efectuar el
suministro al cliente dentro de este plazo ampliado. Queda intacto
nuestro derecho de rescindir el contrato o exigir indemnización por
incumplimiento tras el establecimiento de la prórroga con
advertencia de no-aceptación (§326 Código Civil alemán). Dentro del
marco de la indemnización por daños y perjuicios, nos corresponde
exigir el 20% del precio convenido más IVA como indemnización, sin
necesidad de comprobación, a menos que sea demostrable que el daño
producido es sustancialmente inferior. Nos reservamos el derecho de
reclamar un daño efectivamente mayor. El comprador deberá aceptar
suministros parciales (suministros anticipados) en la medida de que
esto sea exigible.
VI. Ámbito de validez
Los montajes en el extranjero están sujetos a
condiciones especiales.
VII. Garantía por vicios materiales y
responsabilidad
El proveedor responderá de los vicios materiales
según se especifica a continuación:
1. El proveedor tiene la obligación de retocar,
resuministrar o aportar nuevamente - según su criterio – todas
aquellas piezas o prestaciones, que dentro del término de
prescripción, sin tener en cuenta la vida útil, presenten defectos
materiales, en tanto que su causa ya existía en el momento del
traspaso de riesgos.
2. Las pretensiones por vicios materiales
prescriben a los 12 meses a menos que la Ley prescriba plazos más
largos conforme al §438 párr.1 nº2, (edificios y objetos para
edificios), 479 párr.1 (derecho de regreso) y 634a párr.1 nº2 (vicios
en edificios) del Código Civil alemán, o que se produzca un peligro
para la vida de las personas, la integridad física o para la salud,
si el proveedor incurre en una negligencia temeraria, negligencia
con premeditación y en casos de silencio doloso sobre un vicio.
Quedan intactas las disposiciones legales sobre la suspensión de la
prescripción, la suspensión y el reinicio de los plazos.
3. El comprador deberá informar al proveedor por
escrito, sin dilación alguna, de cualquier defecto detectado.
4. En caso de reclamación por vicios, el
comprador podrá retener los pagos en una proporción adecuada a los
vicios que se hayan producido. El comprador sólo podrá retener los
pagos en caso de reclamar vicios sobre cuya legitimidad no exista
ninguna duda. En caso de reclamación ilícita por vicios, el vendedor
tendrá derecho a exigir del comprador la restitución de los gastos
ocasionados.
5. Ante todo deberá concedérsele al proveedor la
oportunidad de cumplimiento ulterior dentro de un plazo adecuado.
6. Si el cumplimiento ulterior fracasa, sin
prejuicio de posibles pretensiones de indemnización según §6, el
comprador podrá rescindir el contrato o reducir la remuneración.
7. No existe derecho a reclamar por vicios
materiales si sólo se produce una desviación leve de las
características acordadas, si sólo existe un leve menoscabo de la
utilidad, en casos de desgaste natural o defectos producidos después
del traspaso de riesgos y ocasionados por a un tratamiento erróneo o
negligente, sobrecarga, utillajes inadecuados, obras defectuosas,
solares de edificación inapropiados o bien emanados de causas
externas especiales no estipuladas en el contrato, así como fallos
informáticos que no se puedan reproducir. Tampoco se admitirán
reclamaciones por defectos ocasionados por modificaciones o trabajos
de mantenimiento inadecuados, efectuados por el cliente o por
terceros, ni por las consecuencias que de ellos se deriven.
8. Se excluye cualquier reclamación del comprador
sobre los gastos necesarios para el cumplimiento ulterior, en
particular gastos de transporte, desplazamiento, mano de obra y
material, en tanto el aumento de dichos gastos se deba a que, con
posterioridad, el objeto de suministro haya sido trasladado a un
lugar distinto del domicilio del comprador, a menos que el traslado
corresponda a la utilización prevista.
9. El comprador sólo tendrá derechos de regreso
el frente al proveedor según §476 Código Civil alemán (regreso del
empresario), en tanto que no haya llegado con su propio cliente a
acuerdos que excedan los derechos a la reclamación de vicios
legalmente establecidos. La envergadura de los derechos de regreso
del comprador frente al proveedor se rige por el nº8 del §478,
párr.2, Código Civil alemán.
10. Las pretensiones por daños y prejuicios se
rigen además por el §6 (otros derechos a indemnización por daños y
perjuicios). Se excluyen cualesquiera otras pretensiones del
comprador por vicios materiales contra nuestros auxiliares
ejecutivos, que excedan o difieran de las previstas en el §8.
VIII. Envío y traspaso de riesgos
El envío se efectúa siempre – también en las
entregas franco – por cuenta y riesgo del comprador. El riesgo se
traslada al comprador en el momento en que se entrega la mercancía a
la empresa de transportes, al encargado de la misma o al agente
expedidor que efectúa el transporte. Si el transporte se efectúa en
nuestros vehículos, el riesgo también se traslada al comprador, a
más tardar al abandonar el almacén. Si el comprador lo desea, la
mercancía podrá ser asegurada por su cuenta contra daños de rotura,
de transporte, de fuego u otros daños. Si falta una orden explícita
del comprador, estamos autorizados a determinar el tipo de envío a
nuestra discreción. El embalaje lo facturamos a precio de coste.
VIIII. Rescisión
En caso de rescisión, tanto el comprador como
nosotros estaremos obligados a devolver las prestaciones recibidas
mutuamente. En caso de cesión del uso o utilización, se retribuirá
el valor de la misma, teniendo en cuenta la devaluación que se ha
producido en el objeto de la compra mientras tanto.
Disposiciones conjuntas sobre prestaciones,
reparaciones y ventas
I. Precios y condiciones de pago
· Servicio de montaje y puesta en
marcha
En lo sucesivo se especifica como facturamos el envío de
nuestros profesionales especializados por día natural. Por hora
de trabajo - incluido el tiempo empleado en el desplazamiento -
facturamos un precio neto de:
Ingeniero 69,80 EUR
Jefe de montaje 47,50 EUR
Montador 39,95 EUR
Peón 27,30 EUR
II. Gastos de manutención desplazamientos
profesionales
Ausencia de 24 horas
24,00 EUR
Ausencia mínima de 14 horas
12,00 EUR
Ausencia mínima de 8 horas
6,00 EUR
El cálculo de las dietas depende de las horas
acumuladas (incluidas horas de viaje) y de si se trata de un viaje
de un solo día o de varios. Esto último es el caso, cuando nuestros
profesionales tienen que hospedarse una o más de una noche en el
lugar del montaje o en las cercanías.
En el extranjero, las dietas se calculan sobre la
base de la tabla de dietas para el extranjero.
III. Dietas de hospedaje
A los gastos de alojamiento en el extranjero se les
suma el 25% de costes adicionales.
IV. Dietas de desplazamiento
· Ferrocarriles alemanes primera clase o
vuelo según el coste, más el 25% de gastos adicionales
· Turismo y furgoneta de montajes 0,50EUR
/ km.
V. Suplemento por horas extraordinarias
Las horas extraordinarias fuera del horario normal
de trabajo (7,5horas diarias) serán facturadas de la siguiente
manera:
para los primeros 2,5 h extraordinarias al día
25 %
a partir de la décima hora al día
50 %
sábados
70 %
domingos
150 %
para trabajos efectuados el 24 y 31 de diciembre a
partir de las 12:00 – 20:00h, así como trabajos nocturnos en el
primer festivo navideño y en Nochevieja 250 %
todos los demás días del calendario oficial de días
festivos 175 %
VI. Condiciones de pago
· Los precios finales son a la salida de
nuestra fábrica y no incluyen el IVA.
· Si no figura otra fecha de pago en la
factura, los importes facturados son pagaderos en su totalidad
inmediatamente después de emitir la factura. El abono parcial de
las operaciones sólo será admisible previo acuerdo por escrito.
· Las facturas de reparaciones serán
abonadas en el acto.
· Si el comprador retrasa los pagos,
estará obligado a reembolsar el interés moratorio que asciende,
como mínimo, al interés legalmente establecido.
· Si el comprador retrasa el pago o
rechaza una letra vencida, estamos autorizados a retirar la
mercancía y, en caso necesario, entrar en la empresa del
comprador para quitarle la mercancía. Además estamos autorizados
a prohibir la reenajenación, el reprocesamiento y el traslado de
la mercancía suministrada. La retirada no implica la rescisión
del contrato.
· Si a posteriori llegaran a nuestro
conocimiento circunstancias, de las cuales se derive un
sustancial deterioro del patrimonio del comprador, poniendo en
peligro nuestro derecho a pago, estamos autorizados hacer
pagaderas posibles letras, independientemente de su plazo de
vencimiento.
· En este caso estamos autorizados a
revocar la orden de cobro y exigir pagos anticipados por los
suministros pendientes. Las consecuencias legales expuestas en
este punto podrán ser evitadas por el comprador mediante
garantías por el valor de nuestros créditos que se encuentran en
situación de riesgo.
· Para prestaciones no incluidas en el
pedido o que difieran del alcance de los servicios, el comprador
podrá pedir o nosotros podremos emitir una ampliación de la
oferta. En caso contrario, estas prestaciones serán facturadas
por medidas excedentes y horas. Los trabajos temporales en obras
y sus justificantes se rigen por §15 nº5 VOB/ B (reglamento
general de contratación de obras, parte B)
· En pedidos, cuya ejecución tarda más de
un mes, se efectuarán pagos parciales del 90% del valor de los
trabajos realizados conforme avanza la obra. Estos pagos
parciales serán reclamados por nosotros y satisfechos por el
comprador en un plazo de 10 días fecha factura.
VII. Lugar de jurisdicción
Para cualquier pretensión presente y futura, emanada
de la relación comercial con comerciantes según la ley, incluidos
letras de cambio y talones a cobrar, el lugar de jurisdicción será
exclusivamente el domicilio de nuestra empresa. El lugar de
jurisdicción será el mismo, si en el momento de interponer la
demanda se desconoce la residencia o el paradero habitual
del comprador, que tiene su lugar de
jurisdicción general en el interior del país. |